
Las recientes modificaciones del reglamento de Tránsito de la Ciudad de México.
- Posted by CESE Blog
- On febrero 23, 2021
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El 4 de febrero de 2021, fue publicado en la gaceta oficial de la Ciudad de México, decreto en el cual se reforman, adiciona y anulan las diversas disposiciones del reglamento de tránsito de la CDMX.
EL decreto entrara en vigor a partir del 15 de marzo de 2021.en la ciudad de México.
Se han dado cambios sustanciales, encaminados a ofrecer una mayor claridad en lo que concierne al pago de multas o sanciones. A través de tabuladores ya existente, evitando que los policías de tránsito establezcan el monto de pago.
Las modificaciones dan pauta a nuevos elementos de vigilancia y control de tránsito en la Ciudad de México, con agentes autorizados, para las infracciones.
También se suma, el carril de transporte público compartido con vehículos no motorizados.
La línea histórica de la reglamentación de tránsito de la Ciudad de México

En 1903, los primeros automóviles llegaron a la Ciudad de México, totalizando un parque vehicular de 136 en aquel año.
En 1910 se creó el primer reglamento de tránsito formal en el país, por la iniciativa de presidente Porfirio Díaz.
Este Reglamento permitía que los automovilistas alcanzaran una velocidad máxima de 10 Km/h en calles estrechas o muy transitadas, y 40 Km/h en las demás.
junto con el reglamento , también se creo un impuestos para los propietarios de vehículos, que fue anulado en 1911.
En 1965 fue publicada, la primera edición del Manual del control del tránsito.
Nueva realidad para el tránsito en la Ciudad de México.

El carril de transporte público se compartirá con los vehículos no motorizados, era una vieja deuda que se tenía con la ciudadanía.
En el 2005, se inauguró la primera línea del Metrobús, el cual se pensaba que compartiera el carril con los vehículos no motorizados.
La acción anterior pudo haber iniciado el camino que ahora se está emprendiendo, otorgando nuevos espacios a transportes alternativos como las bicicletas, impulsando con esto un sentido sustentable.
De los cambios más importantes es la adición del concepto de Reincidencia, el cual no era contemplado anteriormente, la fracción XXXV Bis del artículo 4, define como Reincidencia a la comisión de dos o más infracciones establecidas en dicho reglamento, en un periodo no mayor a 6 meses.
Asimismo, se anunció que se remitirán a depósitos vehiculares, los autos foráneos que cometan cualquier infracción. Este cambio se debe a que estos vehículos son los que más cometen infracciones.
Finalmente, los cambios también suponen la eliminación de la posibilidad de que el acompañante retire el vehículo, sin importar que se encuentre en condiciones de hacerlo. Habrá remisión directa al depósito vehicular.
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