
¿Qué es una Comisión de Seguridad e Higiene?
- Posted by CESE Blog
- On agosto 11, 2021
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- COMISIONES DE SEGURIDAD E HIGIENE, NOM-019-STPS-2011
Una comisión de Seguridad e Higiene, es un organismo bipartito conformado por igual número de representantes de los trabajadores y del patrón, que se establece para:
- Investigar las causas de los accidentes y enfermedades en los centros de trabajo
- Proponer medidas para prevenirlos
- Dar seguimiento a la instauración de las medias propuestas y vigilar que estas se cumplan
Para lograr esto, es necesario contar con un programa de recorridos de verificación, el cual debe integrarse dentro de los treinta días naturales siguientes a la constitución de la comisión y posteriormente, dentro de los primeros treinta días naturales de cada año. Además, de realizarse al menos tres veces al año.
Por lo tanto, la función de una comisión y de los recorridos, es identificar los agentes, condiciones peligrosas o inseguras en los centros de trabajo, a partir de los incidentes, accidentes y enfermedades de trabajo.
La comisión podrá usar como base, el diagnóstico general de seguridad y salud en el trabajo, a que se refiere la NOM-030-STPS-2009, y con ello determinar las prioridades de los recorridos.

Ya sabemos lo que es una Comisión de Seguridad e Higiene y sus funciones, pero ¿quiénes la conforman?
En primer punto, debemos identificar el número de trabajadores que laboran dentro de la organización, para determinar de qué forma será integrada la comisión, es decir:
- Si en el centro de trabajo cuenta con menos de 15 trabajadores, la comisión deberá integrarse por:
- Un trabajador
- El patrón o su representante
- Si el centro de trabajo cuenta con más de 15 trabajadores, la comisión se conformará:
- Un coordinador
- Un secretario
- Los vocales
Partiendo de lo anterior, las funciones de cada uno de ellos, se describen en las siguientes líneas.
Coordinador

- Dirigir las reuniones de trabajo de la comisión
- Coordinar el funcionamiento de la comisión y las investigaciones sobre las causas de los accidentes y enfermedades de trabajo
- Integrar el programa anual de los recorridos de verificación de la comisión y presentarlo al patrón
- Promover la participación de los integrantes de la comisión y constatar que cada uno de ellos cumpla con las tareas asignadas
- Consignar en las actas de los recorridos de verificación de la comisión
- Elaborar al término de cada recorrido de verificación el acta correspondiente
- Dar seguimiento a la instauración de las medidas propuestas por la comisión
- Asesorar a los vocales de la comisión y al personal del centro de trabajo, en la identificación de agentes, condiciones peligrosas o inseguras y actos inseguros en el medio ambiente laboral
- Participar en las inspecciones sobre las condiciones generales de seguridad e higiene
Secretario

- Convocar a los integrantes de la comisión a las reuniones de trabajo de ésta y para realizar los recorridos de verificación programados
- Organizar y apoyar en el desarrollo de las reuniones de trabajo de la comisión
- Integrar a las actas de recorridos de verificación de la comisión
- Apoyar la realización de investigaciones sobre las causas de los accidentes y enfermedades de trabajo
- Elaborar al término de cada recorrido de verificación, el acta correspondiente
- Recabar las firmas de los integrantes de la comisión en las actas de los recorridos de verificación
- Presentar y entregar las actas de recorridos de verificación al patrón, conjuntamente con el coordinador de la comisión
- Mantener bajo custodia:
- Copia de las actas de constitución y su actualización
- Las actas de los recorridos de verificación
- La evidencia documental sobre la capacitación impartida
- La documentación que se relacione con la comisión
- Participar en las inspecciones sobre las condiciones generales de seguridad e higiene
- Integrar el programa anual de capacitación de los integrantes de la comisión.
Vocales

- Participar en las reuniones de trabajo y recorridos de verificación
- Revisar las actas de recorridos de verificación
- Detectar y recabar información sobre los agentes o condiciones peligrosas en sus áreas de trabajo.
- Colaborar en la realización de investigaciones sobre las causas de los accidentes y enfermedades de trabajo
- Participar en el seguimiento a la instauración de las medidas propuestas por la comisión
- Apoyar las actividades de asesoramiento a los trabajadores para la identificación de agentes, condiciones peligrosas o inseguras y actos inseguros en su área de trabajo
- Identificar temas de seguridad y salud en el trabajo para su incorporación en el programa anual de capacitación
- Participar en las inspecciones sobre las condiciones generales de seguridad e higiene
El segundo aspecto y no menos importante, es mencionar que los nombramientos de coordinador, secretario y vocales tendrán una vigencia de dos años, y los de coordinador y secretario se alternarán entre los representantes del patrón y de los trabajadores.
En ese sentido, en caso de ausencia temporal del coordinador o del secretario de la comisión, su cargo será ocupado por uno de los vocales, de la representación que corresponda.
Por último, poner en práctica, cada uno de los requerimientos de la norma, va a traer consigo beneficios al centro de trabajo, que es también unos de los objetivos fundamentales que se buscan al implementar la NOM-019-STPS-2011, y algunos de ellos son:
- Tener medidas de seguridad de seguimiento apropiadas
- Trabajar en un ambiente seguro
- Control exacto de zonas donde hay que invertir adecuadamente
- Cumplir con la autoridad
- Identificar sus zonas de riesgo y tomar las medidas correspondientes
- Contar con capacitación
Dicho todo lo anterior, tanto patrones como los trabajadores tiene obligaciones, como:
Obligaciones del patrón:
- Construir por medio de un representante de los trabajadores y uno propio la Comisión de Seguridad e Higiene (C.S.H.)
- Facilitar a los trabajadores el desempeño en sus actividades dentro de la C.S.H
- Proporcionar a la C.S.H. el Diagnóstico de Seguridad y Salud en el Trabajo.
- Atender recomendaciones que dé la C.S.H.
- Contar con el programa y las actas de los recorridos de verificación de la C.S.H.
- Apoyar en las investigaciones de los accidentes de trabajo que lleve a cabo la C.S.H.
- Difundir entre los trabajadores del centro de trabajo: la relación actualizada de la C.S.H; los resultados de la investigación, las medidas propuestas por la C.S.H.
- Proporcionar capacitación a los integrantes de la C.S.H.

Obligaciones del trabajador:
- Designar a sus representantes para participar en la comisión
- Participar como miembro de la comisión, ya sea por designación mediante sindicato o por la mayoría de los trabajadores, como: Coordinador, secretario o vocal.
- Proponer a la comisión, medidas para prevenir accidentes y enfermedades de trabajo
- Proporcionar información para la investigación de causas de accidentes y enfermedades de trabajo
- Atender las medidas preventivas de seguridad y salud en el trabajo que señale el patrón o la comisión
- Recibir la capacitación o adiestramiento
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