
NOM-006-STPS-2014, Manejo y almacenamiento de materiales-Condiciones de seguridad y salud en el trabajo. (Parte 3)
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- On octubre 8, 2014
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- NOM, Protección, seguridad, Seguridad en el Trabajo
NOM-006-STPS-2014. Dentro de las Obligaciones del patrón, se establece el cumplimiento de los requerimientos relacionados con la operación y mantenimiento de los montacargas, tales como: programas, procedimientos, manuales, medidas y condiciones de seguridad, registros de mantenimiento, capacitación, adiestramiento y exámenes médicos.
De tal forma que el patrón deberá contar con la evidencia documental y en su caso física del cumplimiento de cada obligación requerida; demostrar que los trabajadores involucrados en estas actividades cuentan con el equipo de protección personal y la información necesaria para la operación y mantenimiento de los montacargas de forma segura.
Además de adoptar medidas técnicas, administrativas y de seguridad; generar registros diversos, realizar supervisión y revisión de equipos, impartir capacitación al personal responsable de la operación y mantenimiento de los montacargas.
Las obligaciones del patrón son:
Medidas de seguridad para el uso de montacargas
I. Requerimientos para los montacargas:
a) Constatar que la cabina cumpla con lo siguiente:
1) Proporcione protección al operador contra objetos que lleguen a caer, cuando la altura de elevación de la carga sea superior a 1.80 metros;
2) Provea protección contra la intemperie;
3) Garantice una buena visión de la zona de trabajo;
4) Cuente con espejo retrovisor;
5) Permita un fácil acceso al puesto de trabajo;
6) Disponga de piso antiderrapante;
7) Esté ventilada;
8) Tenga un asiento cómodo y cuente con cinturón de seguridad, y
9) Sea resistente al fuego en sus materiales de construcción;
b) Contar con claxon y un dispositivo sonoro que se active automáticamente durante su operación en reversa;
c) Disponer de un dispositivo que emita una luz centellante o giratoria, color ámbar, que opere cuando el equipo esté en movimiento, colocado de tal forma que no deslumbre al operador, y
d) Contar con luces delanteras y traseras que iluminen hacia la dirección en que se desplazan.
II. Medidas de seguridad para la operación de montacargas:
a) Ser operados únicamente por personal capacitado y autorizado por el patrón;
b) Comprobar que el operador utilice el cinturón de seguridad;
c) Frenar y bloquear las ruedas de los vehículos que estén siendo cargados o descargados;
d) Asegurar que no se sobrepase la carga máxima de utilización indicada en la placa del fabricante;
e) Operar el montacargas bajo un procedimiento de trabajo seguro;
f) Encender las luces delanteras y traseras, o la torreta durante su operación, cuando así se requiera;
g) Circular con los brazos de la horquilla a una altura máxima entre 0.15 y 0.20 metros por encima del suelo, o de acuerdo con las indicaciones del fabricante;
h) Respetar los límites de velocidad de la zona donde transita;
i) Utilizar barreras de protección o topes en las plataformas o muelles en las que se operen, para evitar riesgos de caída;
j) Efectuar el llenado de combustible o cambio y carga de baterías, en una zona ventilada y disponer de equipo para la atención de emergencias por incendio que puedan presentarse;
k) Disponer de un área específica para la manipulación de baterías y contar con procedimientos de seguridad para manejarlas, en su caso;
l) Estacionar el montacargas con los brazos de la horquilla descansando sobre el suelo, o de conformidad con las indicaciones del fabricante, y
m) Desactivar el mecanismo de encendido al finalizar su operación para evitar el uso no autorizado.
III. Medidas de seguridad para la revisión y mantenimiento de montacargas:
a) Realizar la revisión y mantenimiento con la periodicidad indicada por el fabricante, y con base en el programa específico que para tal efecto se elabore, y
b) Retirar del servicio los montacargas que presenten anomalías en su funcionamiento.
En CESE Consultores te ayudamos a elaborar e implementar programas, procedimientos, medidas y condiciones de seguridad, manuales, impartir capacitación y adiestramiento para la operación y mantenimiento seguro de montacargas.
Además de asesorarte en la mejor estrategia para prevenir accidentes generados por estas actividades. Todos nuestros servicios se realizan tomando en cuenta tu giro, actividades y riesgos asociados a esta Norma Oficial Mexicana.
Para más información visita:
http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5359717&fecha=11/09/2014
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