Planes de manejo de residuos (parte 4) CESE

Planes de manejo de residuos (parte 4)

Para residuos de manejo especial

A continuación se establecen los criterios para determinar los residuos de manejo especial que están sujetos al plan de manejo y un listado de los mismos.

Para que un Residuo de Manejo Especial se encuentre sujeto a un Plan de Manejo, deberá estar listado en Norma Oficial Mexicana.

Para que un nuevo Residuo de Manejo Especial se pueda incluir en el mencionado Listado, deberá cumplir con los siguientes criterios:

  • Se demuestre que se cuenta con la infraestructura necesaria para manejar el residuo, y que por sus características y cantidad generada, se requiera facilitar su gestión o mejorar su manejo.
  • Que se trate de un residuo de alto volumen de generación
  • Que el residuo como tal o los materiales que lo componen tengan un alto valor económico para el generador o para un tercero, es decir, que genere un beneficio en su manejo integral, a través de la reducción de costos para el generador o que sea rentable para el generador o para el tercero, con base en las posibilidades técnicas y económicas del residuo para:

a) Su aprovechamiento mediante su reutilización, reciclado o recuperación de materiales secundarios o de energía.

b) Su valorización o co-procesamiento a través de su venta o traslado a un tercero.

c) La recuperación de sus componentes, compuestos o sustancias.

Y los residuos de manejo especial sujetos a plan de manejo son los siguientes:

1. Los siguientes residuos de servicios de salud, generados por un gran generador en centros médico asistenciales:

  • Papel y cartón
  • Ropa clínica, ropa de cama y colchones
  • Plásticos
  • Madera
  • Vidrio

2. Los residuos agroplásticos generados por las actividades intensivas agrícolas, silvícolas y forestales.

3. Los residuos orgánicos de las actividades intensivas agrícolas, avícolas, ganaderas y pesqueras.

4. Los residuos de las actividades de transporte federal, que incluye servicios en los puertos, aeropuertos, centrales camioneras y estaciones de autotransporte y los del transporte público, que incluye a los prestadores de servicio que cuenten con terminales, talleres o estaciones, que se incluyen en la lista siguiente y que se generen por un gran generador en una cantidad mayor a 10 toneladas al año por residuo o su equivalente:

  • Envases metálicos.
  • Envases y embalajes de papel y cartón.
  • Envases de vidrio.
  • Envases de tereftalato de polietileno (PET).
  • Envases de poliestireno expandido (unicel).
  • Bolsas de polietileno.
  • Tarimas de madera.
  • Neumáticos de desecho.

5. Lodos provenientes del tratamiento de aguas residuales, a excepción de los indicados en la NOM-052-SEMARNAT-2005:

  • Aquellos que se generen por un gran generador en una cantidad mayor a 100 toneladas anuales o su equivalente.

6. Los residuos de las tiendas departamentales o centros comerciales, incluyendo tiendas de autoservicio, centrales de abasto, mercados públicos y ambulantes, que se incluyen en la lista siguiente y que se generen en una cantidad mayor a 10 toneladas al año por residuo o su equivalente:

  • Envases metálicos.
  • Envases y embalajes de papel y cartón.
  • Envases de vidrio.
  • Envases de tereftalato de polietileno (PET).
  • Envases de poliestireno expandido (unicel).
  • Tarimas de madera.
  • Residuos orgánicos.
  • Película de polietileno para embalaje (playo).

7. Residuos de la construcción, mantenimiento y demolición en general, que se generen en una obra en una cantidad mayor a 80 m3.

8. Los productos que al transcurrir su vida útil se desechan y que se listan a continuación:

a) Residuos tecnológicos de las industrias de la informática y fabricantes de productos electrónicos:

  • Computadoras personales de escritorio y sus accesorios.
  • Computadoras personales portátiles y sus accesorios.
  • Teléfonos celulares.
  • Monitores con tubos de rayos catódicos (incluyendo televisores).
  • Pantallas de cristal líquido y plasma (incluyendo televisores).
  • Reproductores de audio y video portátiles.
  • Cables para equipos electrónicos.
  • Impresoras, fotocopiadoras y multifuncionales.

b) Residuos de fabricantes de vehículos automotores:

  • Vehículos al final de su vida útil.

c) Otros que al transcurrir su vida útil requieren de un manejo específico y que sean generados por un gran generador en una cantidad mayor a 10 toneladas por residuo al año:

  • Aceite vegetal usado.
  • Neumáticos de desecho.
  • Envases y embalajes de tereftalato de polietileno (PET), polietileno de alta y baja densidad (PEAD y PEBD), policloruro de vinilo (PVC), polipropileno (PP), poliestireno (PS) y policarbonato (PC).
  • Artículos publicitarios en vía pública de tereftalato de polietileno (PET), polietileno de alta y baja densidad (PEAD y PEBD), policloruro de vinilo (PVC), polipropileno (PP), poliestireno (PS) y policarbonato (PC).
  • Artículos de promoción de campañas políticas en vía pública de tereftalato de polietileno (PET), polietileno de alta y baja densidad (PEAD y PEBD), policloruro de vinilo (PVC), polipropileno (PP), poliestireno (PS) y policarbonato (PC).
  • Envases, embalajes y artículos de madera.
  • Envases, embalajes y perfiles de aluminio.
  • Envases, embalajes y perfiles de metal ferroso.
  • Envases, embalajes y perfiles de metal no ferroso.
  • Papel y cartón.
  • Ropa, recorte y trapo de algodón.
  • Ropa, recorte y trapo de fibras sintéticas
  • Hule natural y sintético.
  • Envase de multilaminados de varios materiales.
  • Aire acondicionado.
  • Hornos de microondas.

En CESE Consultores podemos realizar tu plan de manejo de residuos de manejo especial, además de ayudarte a implementarlo.

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